Servicio Comercial de Estados Unidos en Argentina – Seguros de caución
 
 
 
 
 
 
 
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Garantías aduaneras: seguro de caución

El seguro de caución es una de las herramientas a utilizar para garantizar el pago de tributos o derechos aduaneros a la Dirección General de Aduanas en el momento de liberar la mercadería importada.

 

A través de este instrumento, el operador de comercio exterior constituye una garantía que cubre los tributos que deja de abonar en el momento de realizar la operación.  El mismo es aplicable a operaciones tales como admisiones temporarias, falta de documentación para el libramiento de mercadería, mercadería en tránsito de importación y habilitación de depósitos fiscales, entre los casos más comunes.

 

El régimen de garantías vigente para el comercio exterior que contempla el uso de seguros de caución está previsto en la ley 22.415 -Código Aduanero- en los artículos 453 a 465.

 

Partes intervinientes

  • La asegurada: es la Dirección General de Aduanas, que figurará como beneficiaria en la póliza de seguros.
  • El asegurador: es la compañía de seguros, que emite la póliza del seguro de caución a favor de la asegurada. El asegurador debe estar habilitado por la Superintendencia de Seguros de la Nación e inscripto en el “registro de compañías de Seguros de Caución de Operaciones Aduaneras” que lleva la Dirección General de Aduanas.
  • El tomador: es la persona física o jurídica obligada a presentar ante la Dirección General de Aduanas una garantía que asegure el cumplimiento de sus obligaciones. Puede ser el propietario de la mercadería o la persona a quien esté consignada.

Ventajas

 

Las principales ventajas del seguro de caución frente a otro tipo de garantías aduaneras son:

  •  Rapidez de contratación: la persona física o jurídica que toma el seguro puede realizar la operación de contratación en forma rápida, ahorrando así los altos costos de inmovilización de la mercadería en aduana.
  • Solvencia del tomador: el seguro de caución no afecta la capacidad crediticia del tomador, reforzando así la solvencia ante la Administración Federal de Ingresos Públicos. Además, previene la inmovilización del patrimonio que debiera dar en garantía.
  • Mayor accesibilidad: la calificación que se realiza del tomador otorga más relevancia a variables cualitativas, además de la situación económica del mismo. Por lo tanto, la posibilidad de acceso a un seguro de caución es mayor respecto de otras formas de garantías como los avales bancarios.
  •  Menores costos: los costos son menores frente a otras alternativas como el aval bancario o el pago en efectivo, entre otros.

Requisitos de suscripción

El potencial tomador de la póliza (importador/exportador) debe presentar ante el asegurador (compañía de seguros), una carpeta con antecedentes que deberá ser aprobada por la compañía de seguros. Los requisitos a cumplir varían dependiendo del tipo societario de la empresa tomadora, pero no escapan a:

  • Estatuto y sus modificaciones,
  • Estados contables de los tres últimos ejercicios, 
  • Estados contables, 
  • Detalle de deudas bancarias y financieras, 
  • Manifestación de bienes de los avalistas, 
  • Referencias comerciales y bancarias, 
  • Detalle de bienes de uso,
  • Detalle de compras y ventas del último año, 
  • Aval certificado ante escribano, 
  • Situación impositiva de la empresa y
  • Solicitud del seguro de caución.

Cupo de las garantías

 

Es importante destacar que el tomador del seguro de caución tendrá un límite en cuanto a las garantías que puede obtener de una compañía de seguros, que depende de la capacidad patrimonial del tomador.

 

Asimismo, las compañías aseguradoras cuentan con un cupo ante la Dirección General de Aduanas, que se va liberando a medida que las garantías presentadas quedan desafectadas.

 

El seguro de caución en Argentina

 

El mercado argentino de seguros de caución está muy desarrollado, ya que opera desde hace más de 40 años. Está internacionalmente calificado como un mercado profesional y líder en América Latina. Posee alta capacidad de uso, debido al alto respaldo que puede ofrecer a los tomadores. Hay muchas aseguradoras de caución con capacidad para responder tanto a pequeñas como a grandes empresas.

 

Legislación de consulta

 

-         Ley 22.415, Código Aduanero, arts. 453 a 465

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Nota: el presente reporte tiene meros fines informativos. Es un resumen no oficial en base a datos recolectados en el mercado. Por favor consulte la legislación correspondiente para más detalles.

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